El DRNA es consultado, principalmente, por la
Junta de Calidad Ambiental (JCA), por la
Junta de Planificación (JP), por la
Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE y por el
Cuerpo de Ingenieros de los Estados Unidos de América (CoE, por sus siglas en inglés), entre otras agencias estatales y federales.
Los reglamentos de éstas agencias reguladoras requieren consultar con las agencias expertas y con competencia. En algunos casos lo manda expreso como el endoso del DRNA a los
Estudios Hidrológicos Hidráulicos (JP-Reg.#13-Pág.47).
Estas consultas se generan cuando:
- La agencia o municipio propone llevar a cabo un desarrollo o actividad y que como parte del proceso de evaluación consulta con las agencias con inherencia
- La agencia reguladora está evaluando una solicitud de permiso, o en caso de la JP una consulta, y, por lo tanto, necesita consultar con las otras agencias para decidir sobre el asunto presentado ante su consideración
- La agencia reguladora solicita al peticionario el endoso de las otras agencias, tales como: AAA y AEE, para corroborar si existe la infraestructura o al DRNA, para verificar si se impactan los sistemas o recursos de valor que deban protegerse.
- El peticionario, para acelerar los trámites, solicita la consulta para una propuesta de desarrollo sin que medie un requerimiento de ninguna agencia reguladora. Esta última instancia ha resultado onerosa para el DRNA por lo que se ha decidido rechazar toda solicitud de este tipo.